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la tarifa por Ciudadanía? 
¡Podrías quedar exento del Pago!<!--:-->

¿Sin Dinero para pagar la tarifa por Ciudadanía? ¡Podrías quedar exento del Pago!

¡Que el dinero no te detenga para la naturalización!

¿Has decidido solicitar la ciudadanía estadounidense pero no cuentas con los $680 necesarios para pagar la tarifa requerida? ¡No te preocupes! Tú podrías ser elegible para solicitar la exención del pago; sólo debes cubrir los requisitos que exige del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).
Muchos residentes legales permanentes en Estados Unidos (que tienen la green card) no dan el siguiente paso para alcanzar la ciudadanía por el simple hecho de no contar con el dinero para cubrir la tarifa junto con el Formulario N-400. Tú no seas uno de ellos y mejor verifica si eres elegible para solicitar la exención de las tarifas de presentación de tu solicitud de naturalización.
¿Quiénes son elegibles?
Existen varios factores que pueden hacerte apto para una exención de tarifa. La principal es demostrar satisfactoriamente tu incapacidad del pago de la tarifa. Los demás son:
-Recibir beneficios financieros como resultado de un análisis comprobado: Estos beneficios establecen cuáles son los miembros de la familia que serán considerados elegibles para una exención de tarifas a base de los beneficios que recibe el solicitante principal.
Entre los beneficios
pueden entrar:
– Medicaid. – Supplemental Nutrition Assistance Program (Cupones o vales de comida). – Temporary Assistance to Needy Families (TANF). – Supplemental Security Income (SSI). – State Child Health Insurance Program (SCHIP).
-Tu ingreso familiar es igual o inferior al 150% de las Guías Federales de Pobreza actual: Si has proporcionado pruebas suficientes de que tu ingreso familiar es igual o está por debajo del umbral del 150% del nivel de pobreza. Puedes consultar la Forma I-912P, Guías Federales de Pobreza del HHS. A2
-Sufres algunas dificultades financieras: Puedes presentar una lista de las circunstancias especiales que el USCIS debe considerar además de tus ingresos. Entre las dificultades financieras pueden entrar:
– Responsabilidades y gastos extraordinarios. – Costos médicos inesperados que no son cubiertos por ningún plan de salud. – Emergencias que ordinariamente no son previstas. – Emergencia médica o enfermedad debilitante que afecta al solicitante o a los dependientes del solicitante.
Ya que has verificado que podrías ser elegible a la exención de pago, entonces debes leer y llenar el Formulario I-192 y adjúntalo a tu Formulario N-400 (nunca lo envíes de manera individual).
Tu solicitud no podrá ser presentada o enviada vía internet (a través del sistema de presentación electrónica E-Filing), sino que debe enviarse por correo a la dirección de USCIS que se indica en las instrucciones “Dónde Presentar” correspondientes a la solicitud que acompañará al Formulario I-192.

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