Fechas importantes y novedades para la temporada de impuestos

Como cada año, el 15 de abril es la fecha máxima de enviar la declaración y si no estás listo, ese mismo día es el último para enviar la solicitud de extensión. Como cada año hay fechas y hechos importantes que debes saber para hacer la declaración sin contratiempos.

Si necesitas más tiempo para tu declaración, solicítalo con la planilla Form 4868; pero recuerda que cualquier pago que tengas que enviar, deberás mandarlo de todos modos con la solicitud de extensión, si no, generarás penalidades e intereses por no pagar a tiempo.

Y como en cada temporada, en esta se implementan cambios -algunos a último momento- que debes conocer. Están los nuevos montos de las deducciones, exenciones, créditos vigentes o nuevos, y los cambios que ajustan tus impuestos a la realidad inflacionaria. Otros se deben a la implementación de nuevas leyes o cambios a las vigentes. Aquí nombraremos las más destacadas de este año, pero si te interesa ahondar más y leer, en la publicación No. 17 encontrarás todos los detalles.

Montos de exenciones y las deducciones estándar en 2007

En 2007 el monto de cada exención personal es de $3.400, para ti como para cada uno de tus dependientes calificados. Sin embargo, este monto puede reducirse gradualmente si tus ingresos anuales sobrepasan ciertos límites. La planilla 1040 indica que si los ingresos brutos ajustados o Adjusted Gross Income (AGI) -es decir el monto en la línea 38 de la planilla – es de $117,300 o menos, puedes usar el monto total por cada exención personal. Si no, necesitarás ajustar el monto de la exención de acuerdo a tus ingresos y el estado civil que usas para hacer la declaración (soltero, casado, etc.).

Las deducciones estándar también están sujetas al modo cómo declaras: para los solteros y los casados que declaren por separado la deducción estándar de 2007 es de $5.350; los casados declarando conjuntamente y viudos calificados usarán $10.700; para un jefe de familia (head of household) se usa $7.850. Los casados declarando por separado, este año como siempre, no verán todas las ventajas fiscales como si la hacen conjuntamente.

Unos créditos

fiscales de 2006 aún puedes solicitarlos en 2007, otros no

En 2006 el crédito que dio mucho de que hablar fue el llamado Telephone Excise Tax Refund (TETR) o Impuesto Federal de Consumo Telefónico. En 2007 no puedes solicitar este crédito otra vez. Quienes no lo obtuvieron en 2006 (muchos porque pensaban que se limitaba solo a las líneas telefónicas fijas cuando incluía también los teléfonos móviles o celulares que hubieran cobrado dicho impuesto) podrán hacer un reclamo a través de una planilla de enmienda de la declaración de 2006. Quienes no declararon en 2006, les basta usar el formulario Form 1040EZ-T.

De dos créditos nuevos en 2006, el de Residential Energy Credit, por instalar aparatos y dispositivos ahorradores de electricidad -o de mayor eficiencia eléctrica- en tu residencia podría extenderse en 2007 y en 2008. Mira si usaste este crédito en 2006 y si puedes volver a usarlo en 2007. Lo mismo para el Alternative Motor Vehicle Credit o crédito por adquirir un vehículo alternativo (híbrido). El monto del crédito varía según la fecha de compra del vehículo, el año del modelo y la marca (fabricante). Usa esta tabla.

Dos cambios de último minuto afectarán la declaración 2007 de muchos

Cambios en cómo se declararán las deudas perdonadas por los financistas tras las ejecuciones hipotecarias (foreclosures) que hayan tenido efecto en 2007. Están basadas en los cambios introducidos tras la ley aprobada en 2007 llamada Mortgage Fortgiveness Debt Relief Act 2007.

Los cambios aprobados a última hora por el Congreso para elevar los límites máximos de aplicar el Impuesto Mínimo Alternativo o Alternative Minimum Tax-AMT (que es en realidad “un parche” porque sólo afecta por ahora la declaración de 2007) lleva la exención a niveles menos irreales, pero si no hay otros ajustes, en 2008 volverán a bajar a su nivel anterior del 2006. Mira los montos aplicables en cada año en la tabla:

El Impuesto Mínimo Alternativo o AMT es un modo alternativo de calcular impuestos, con su propio juego de reglas y se dispara cuando los ingresos regulares son altos y las deducciones, exenciones, créditos y otros beneficios fiscales son muchas. El objetivo de este impuesto es que todo el mundo y sobre todo quienes cuentan con ciertos niveles de ingresos pague al menos un mínimo de impuestos. El grave problema de este sistema paralelo es que, lo que hace 30 años era un nivel de ingresos alto (digamos $75.000 al año) al no haberse ajustado con la inflación, hoy día no es tan alto como para considerarse ingresos de ricos y tasarlos más.

Muchos preparadores de impuestos recomiendan que quienes tengan ingresos por encima de $75.000 al año saquen también las cuentas como si aplicara a ellos, pues con AMT no se permiten muchas deducciones y créditos típicos y por lo tanto se deberá pagar un monto mayor de impuestos. Si al calcular tu AMT resulta en un pago mayor que el monto bajo el sistema regular, el IRS espera que uses el monto del AMT para tu declaración.

Debido a los cambios de último momento, la forma Form 6251, la calculadora (AMT Calculador) y las instrucciones de cómo llenarlos, no estarán disponibles hasta finales de enero con lo que cerca de 13 millones y medio de contribuyentes – que se estima tendrán que usar el impuesto alternativo AMT- deberán esperar hasta el 11 de febrero para hacer sus declaraciones, según cálculos del IRS.

Las planillas pendientes por ser publicadas con sus cambios son: Form 8863 de Créditos estudiantiles, Form 5695 de Créditos residenciales de energía, Form 8396 Crédito por intereses hipotecarios, el Anexo 2 de la planilla 1040A para Gastos de cuidados de niños y dependientes y Form 8859 para el Crédito para dueño de casa en Distrito de Columbia.

Entretanto, ve recolectando todos tus documentos, comprobantes y otros formularios.

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