El Senado aprueba iniciativa para el voto en el exterior.
El día de hoy el Senado de la República aprobó con 91 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención el Dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Gobernación; de Relaciones Exteriores, América del Norte; y de Estudios Legislativos, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El dictamen retoma los elementos principales del acuerdo firmado el 6 de abril del 2004, entre el Poder Ejecutivo y los principales partidos en el Congreso, entre los que cabe destacar el voto para Presidente de la República, la prohibición de campañas electorales en el exterior, y la credencialización en territorio nacional.
Cabe resaltar que aún es necesario que la Cámara de Diputados discuta y en su caso apruebe el dictamen aprobado por el Senado.
En la elaboración del Dictamen, la Secretaría de Relaciones Exteriores participó activamente en el grupo de trabajo multidisciplinario, aportando al Senado opiniones técnicas vinculadas al ámbito del derecho internacional.
Los Senadores eligieron la modalidad del voto postal, en virtud de que por esta vía se facilita la participación de nuestros connacionales en el exterior, sin poner en riesgo la seguridad de nuestro sistema electoral.
La aprobación de esta iniciativa es el resultado de un largo proceso de búsqueda de consensos en el que participaron representantes del Poder Legislativo y Ejecutivo, del Tribunal Federal Electoral, de los principales partidos políticos, y muy destacadamente de las propias comunidades mexicanas que residen más allá de nuestras fronteras
En lo fundamental, se propone la adición de un Libro Sexto al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en el que se contengan, de manera integral y armónica, las disposiciones que regularán el ejercicio del derecho al voto de los mexicanos residentes en el extranjero en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
La modalidad de voto propuesta por esta modificación es la de voto por correo postal.
El procedimiento propuesto asegura que el Instituto Federal Electoral realice, en territorio nacional, todos los actos necesarios para hacer posible el ejercicio del derecho al voto en el extranjero. Solamente la emisión del voto, por parte de cada ciudadano, tendrá lugar en el extranjero.
Los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero que decidan ejercer su derecho al voto en la elección para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, deberán estar previamente inscritos en el padrón electoral y contar con credencial para votar.
El proyecto prevee que entre el 1º de octubre de 2005, y el 15 de enero del 2006, los interesados deberán dar aviso por escrito al IFE de su intención de votar, solicitando su inscripción en la lista nominal de electores residentes en el extranjero y su baja, temporal, de la lista que corresponda a la sección electoral del distrito en que se encuentra ubicado su domicilio en México.
Asimismo, el interesado deberá enviar, por correo certificado, junto con su solicitud, copia fotostática de su credencial para votar y un documento en el que conste el domicilio en el extranjero que, bajo su más estricta responsabilidad y bajo protesta de decir verdad, manifiesta al IFE para efecto de que, en su caso, le sea enviada la boleta electoral. El plazo para que el IFE reciba las solicitudes vence el 15 de febrero del 2006.
El Consulado de México reitera su compromiso por seguir trabajando a favor de la comunidad mexicana y mexicano-americana de los Condados de San Bernardino y Riverside.