Corte Constitucional de Colombia

Corte Constitucional de Colombia

Legaliza la Venta y Donación de Órganos y Tejidos de Bebés Abortados

El pasado 26 de junio un fallo de la Corte Constitucional Colombiana admitió la donación y utilización de tejidos y órganos de bebés abortados, eliminando así la restricción legal que había aprobado el Congreso de la República en 2016 y con la cual se buscaba impedir que en Colombia se reprodujera el aterrador negocio que salió a la luz en los Estados Unidos, a raíz de videos encubiertos en los que se observa directivos de la multinacional abortista Planned Parenthood, cuyas filiales en Colombia son Profamilia y Oriéntame, negociar con tejidos y órganos de niños abortados y que actualmente es investigado por el Congreso de los Estados Unidos.
Las demandantes fueron Luisa María Sanabria Guerra y Daniela García Aguirre, integrantes de la clínica jurídica de medio ambiente y salud pública (MASP) de la Universidad de los Andes, que trajeron el caso a la Corte. Y mientras la Corte le dio cuidado a los extractos seleccionados de manera tendenciosa de un artículo académico, los pronunciamientos de la Fundación Médica Valle del Lili, de universidades y del Instituto Nacional de Salud, que coinciden en señalar que el uso terapéutico de tejidos y órganos provenientes de abortos no ha demostrado eficacia, fueron desestimados por la Corte Constitucional.
Como ha sido demostrado en Estados Unidos, el momento que se permite la donación y la venta de órganos y tejidos fetales para propósitos dizque “científicos”, y cito la comisión: “la práctica abortiva es modificada en función de la pretendida cosecha de órganos y tejidos: entendiendo que se deben preservar vivos («frescos») los tejidos, no son pocas las ocasiones en las que se induce un parto prematuro para que el niño nazca vivo hasta tanto se consigan los tejidos requeridos” (Comisión Especial de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América).
Y fue para evitar precisamente este mal que la restricción se había hecho en primer lugar, como bien lo reconoció la senadora María del Rosario Guerra, autora de la enmienda que prohibía la donación y utilización de tejidos fetales, la prohibición que fue derogada por este último fallo por la Corte Constitucional.
En fin, ahora no solamente es un “derecho humano” poder abortar; pero ahora también, es un derecho constitucional y un “bien social” (según las demandantes) poder usar las partes de los bebés abortados para avanzar el “nivel de salud” de las personas; en sus palabras, las demandantes argumentaron que la restricción que prohibe la donación y la venta de partes fetales vulnera el derecho a la salud, a la igualdad y derechos sexuales y reproductivos.
Aparentemente, sobre la sangre y las partes desmembradas de los cuerpos de los bebés abortados, dependen el “progreso social y médico” ahora … me reiría si no fuera algo tan serio y honestamente, diabólico.
Artículos para saber más:
– https://www.razonmasfe.com/…/colombia-da-un-nuevo-paso-al…/…
– https://www.actuall.com/…/colombia-admite-la-mercantiliza…/…

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